Blog 19 de agosto del 2024

Blog 19 de agosto del 2024

Sunafil inicia acciones para verificar el cumplimiento del reglamento del SST

En el marco de las acciones de control de la SUNAFIL, ésta ha iniciado un operativo de fiscalización respecto al cumplimiento de las disposiciones sobre el Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo (RISST), mediante el envío de Cartas Inductivas a diversas empresas.
Como se recordará, el artículo 34° de la Ley No.29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece que las empresas con veinte (20) o más trabajadores deben contar con un Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo.
En esa línea, consideramos importante recordar los principales aspectos a tomar en cuenta con relación a dicha obligación:
  1. El RISST debe ser entregado a todos los trabajadores de forma digital o física. Dicha obligación se extiende a los trabajadores en régimen de intermediación y tercerización, a las personas en modalidad formativa y a todo aquel cuyos servicios subordinados o autónomos se presten de manera permanente o esporádica en las instalaciones del empleador.
  2. El Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es el encargado de aprobar y vigilar el cumplimiento del RISST.
  3. El incumplimiento de las obligaciones antes señaladas, expone al empleador a las siguientes multas por parte de SUNAFIL.

¿Cómo cambiar de Micro a Pequeña Empresa?

D.S. 013-2013 Art.51 Produce Informe N°161-2019MTPE/2/14.1

Microempresa:

  • 2 años si supera el límite 150 UIT.
  • 1 año de prórroga por superar el límite.
  • Habiendo superado las 150 UIT por dos años consecutivos tendrá un año de gracia para continuar como micro empresa cumplido el 3er año al año siguiente pasará de Micro a Pequeña empresa.

Pequeña Empresa:

  • 2 años si supera el límite 1700 UIT.
  • 3 años de prórroga por superar el límite de 150 UIT hasta 1700 UIT.
  • Como pequeña empresa tendrá 3 años de gracia, cumplido los 3 años al año siguiente pasará al régimen laboral que corresponda.
Recuerden que tienen que cumplirse la regla de dos años consecutivos y no alternados para el cambio de Régimen, una vez cambiado el Régimen no se podrá regresar al régimen anterior.
Nota: El cambiar de régimen en ambos casos es por el nivel de ventas y no por el número de trabajadores.

¿Qué es el Régimen Especial de Renta – RER?

El Régimen Especial de Renta, también es conocido como RER. Está orientado a pequeñas empresas:

-Que realicen la comercialización de bienes adquiridos o producidos, así como la prestación de servicios.

-Que dichos ingresos netos anuales o compras no deben superar los 525.000 soles.

[Persona Jurídica] Impuestos de este régimen especial:

→Impuesto a la Renta mensual (IR) = Cuota de 1.5% de ingresos netos mensuales.
→Impuesto General a las ventas (IGV) mensual = 18% (incluido el Impuesto de Promoción Municipal – IPM).

[Persona Natural] Para estar en este régimen tributario, se debe cumplir con los siguientes ítems:

→Tanto sus ingresos como sus compras anuales, no deben exceder los 525,000.000 soles.
→El límite es tener como máximo 10 trabajadores por turno de trabajo.
→El valor de los activos fijos no puede exceder los 126,000.000 soles (exceptuando a los vehículos y predios).