Blog 19 de septiembre del 2024

Gabel | 19 de septiembre del 2024

SUNAT: Postergan uso del SIRE hasta enero del 2025

Resolución de Superintendencia N° 000145-2024/SUNAT
SUNAT decidió postergar el uso del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, aplicable a determinados contribuyentes, hasta enero de 2025. Originalmente para comenzar en agosto de 2024.

A partir de agosto de 2024:

Aquellos contribuyentes que, al 31 de julio del 2024, estén obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, y que pertenezcan al Régimen Especial (RER) o al Régimen MYPE Tributario, deberán hacerlo de manera electrónica a través del SIRE. Esto incluye el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE).

Desde enero de 2025:

Los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2024, estén obligados a llevar los mismos registros pero no pertenezcan a los regímenes especificados, deberán cumplir con el RVIE y el RCE  a través del SIRE.
Resultados: Hasta junio de 2024, se han generado más de 8 millones de registros de Ventas e Ingresos y de Compras electrónicas con el SIRE, que se utilizan en la actualidad, por más de 700 mil contribuyentes.

Tipos de Despido Laboral

Despido justificado: Sobre la base de una causa específica en la ley relativa a la conducta o habilidades del Trabajador. No hay indemnización.
Despido arbitrario: Sobre la base de una causa distinta a las que se especifican en la ley. El empleado tiene derecho a reclamar una indemnización.
Despido nulo: El despido viola los derechos fundamentales de los trabajadores. El empleado puede elegir entre indemnización y la restitución en el lugar de trabajo.
Despido indirecto: El empleador es objeto de actos de hostilidad equivalentes al despido. El empleado tiene derecho a reclamar una indemnización.
*La indemnización es equivalente a 1% del salario mensual por cada año completo de servicios con un máximo de 12 salarios.

Causas para la terminación del contrato de trabajo:

  • Por acuerdo entre empleador y el trabajador.
  • Por renuncia del trabajador.
  • Jubilación del trabajador.
  • Invalidez permanente absoluta o muerte del trabajador.
  • Finalización del proyecto, servicio o vencimiento del plazo acordado, en el caso de los contratos de plazo fijo.
  • Despido en los términos permitidos por la ley.

Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias

Mediante Decreto Legislativo N° 1634 se ha aprobado un nuevo Fraccionamiento Especial de Deudas Tributarias Administradas por Sunat, el cual otorga un bono de descuento sobre los intereses, actualizaciones e intereses capitalizados de tributos administrados por Sunat (Impuesto a la Renta, IGV, ISC, entre otros), así como sobre las multas y sus respectivos intereses, capitalizaciones e intereses capitalizados; debiendo tomarse en cuenta que el bono de descuento en ningún caso afecta al tributo insoluto. El acogimiento puede realizarse hasta el 20 de diciembre de 2024, mediante cualquiera de las siguientes modalidades:
Recuerda que para acogerte al Fraccionamiento Especial hay que presentar una solicitud indicando la deuda que es materia de esta, lo cual se podrá realizar una vez que Sunat apruebe la forma y condiciones necesarias. De igual manera, ten en cuenta que la solicitud de acogimiento implica el desistimiento de las impugnaciones que se encuentren en trámite respecto de dichas deudas, ya sea a nivel de Sunat, del Tribunal Fiscal, del Poder Judicial o del Tribunal Constitucional.