Gabel | 19 de septiembre del 2024
SUNAT: Postergan uso del SIRE hasta enero del 2025
Resolución de Superintendencia N° 000145-2024/SUNAT
SUNAT decidió postergar el uso del Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE) para el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, aplicable a determinados contribuyentes, hasta enero de 2025. Originalmente para comenzar en agosto de 2024.
A partir de agosto de 2024:
Aquellos contribuyentes que, al 31 de julio del 2024, estén obligados a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras, y que pertenezcan al Régimen Especial (RER) o al Régimen MYPE Tributario, deberán hacerlo de manera electrónica a través del SIRE. Esto incluye el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE).
Desde enero de 2025:
Los contribuyentes que, al 31 de diciembre de 2024, estén obligados a llevar los mismos registros pero no pertenezcan a los regímenes especificados, deberán cumplir con el RVIE y el RCE a través del SIRE.
Resultados: Hasta junio de 2024, se han generado más de 8 millones de registros de Ventas e Ingresos y de Compras electrónicas con el SIRE, que se utilizan en la actualidad, por más de 700 mil contribuyentes.
Tipos de Despido Laboral
Despido justificado: Sobre la base de una causa específica en la ley relativa a la conducta o habilidades del Trabajador. No hay indemnización.
Despido arbitrario: Sobre la base de una causa distinta a las que se especifican en la ley. El empleado tiene derecho a reclamar una indemnización.
Despido nulo: El despido viola los derechos fundamentales de los trabajadores. El empleado puede elegir entre indemnización y la restitución en el lugar de trabajo.
Despido indirecto: El empleador es objeto de actos de hostilidad equivalentes al despido. El empleado tiene derecho a reclamar una indemnización.
*La indemnización es equivalente a 1% del salario mensual por cada año completo de servicios con un máximo de 12 salarios.
Causas para la terminación del contrato de trabajo:
- Por acuerdo entre empleador y el trabajador.
- Por renuncia del trabajador.
- Jubilación del trabajador.
- Invalidez permanente absoluta o muerte del trabajador.
- Finalización del proyecto, servicio o vencimiento del plazo acordado, en el caso de los contratos de plazo fijo.
- Despido en los términos permitidos por la ley.