¿Qué condiciones se deben cumplir?
→Cuando se presten a título oneroso desde el país al exterior.
→El exportador sea una persona domiciliada en el país.
→El usuario a beneficiario del servicio sea una persona no domiciliada en el país.
→El uso, explotación o aprovechamiento de los servicios por parte del no domiciliado, tenga lugar en el extranjero.
Nota: Se debe estar inscrito previamente en el Registro de Exportadores de Servicios a cargo de la SUNAT.