Blog 25 de julio del 2024

Gabel | 25 de julio del 2024

Perfil de Cumplimiento SUNAT

Decreto Legislativo N° 1535

¿Por qué se creó el famoso perfil de cumplimiento?

El perfil de cumplimiento le facilita a la SUNAT evaluar a los contribuyentes y hallar con rapidez quienes deberían ser auditados. El contribuyente puede observar su calificación con su clave sol y mejorar para no estar en la categoría D o E que son las de más alto riesgo.
A (1)
A: Contribuyentes con un excelente historial de puntualidad y exactitud en los montos declarados.
B: Contribuyentes con un buen historial, pero con algunos errores y retrasos en sus declaraciones.
C: Contribuyentes que tienen un cumplimiento y exactitud moderado. Por defecto, las empresas que han iniciado sus operaciones en 2024 y 2025, se encuentran en esta categoría.
D-E: Contribuyente que:
  • Tiene Condición de domicilio no habido.
  • No actualizó datos en SUNAT.
  • Ha perdido más de dos aplazamientos y/o fraccionamiento.
  • Mantiene deudas en cobranza coactiva.
  • No entregó comprobantes de pago.
  • No lleva libros, registros o informes obligatorios.
  • Tienes infracciones por no declaraciones.
  • No declaró trabajadores.
Nota: Estos contribuyentes deben bancarizar a partir de S/.600 O $150.

Cómo acceder al Nuevo RUS

Acércate a la SUNAT con todos los requisitos e indica a la persona de atención que quieres elegir el régimen tributario NRUS.

Requisitos:

→Ser persona natural.
→DNI vigente.
→Si cuentas con representante legal, debes exhibir el DNI de éste.
→Si registrarás otra dirección a la de tu DNI, debes presentar el original de tu DNI y otro documento privado o público donde esté la dirección de domicilio fiscal.
→Formulario 2119: Solicitud de Inscripción o Comunicación de Afectación a Tributos.

¿Cómo calcular los impuestos?

Pago único mensual, lo podrá hacer por internet o en alguna entidad financiera. Para calcular dicho pago único mensual debe considerar sus ingresos o compras del mes y colocarse en una de estas categorías:

Categoría 1:

En caso sus ingresos o compras sean hasta en S/. 5.000. En esta categoría la cuota que abonará mensualmente será de S/. 20.

Categoría 2:

En caso sus ingresos o compras sean hasta por S/. 8.000. En esta categoría la cuota que abonará mensualmente será de S/. 50.

Licencias Laborales

Maternidad: Derecho de la Madre gestante de 49 días de descanso pre-natal y 49 días post-natal. Art. N°1 Ley N°26644.
Lactancia: Derecho de la Madre de contar con una hora diaria de permiso por lactancia hasta que su hijo cumpla un año de edad. Art. N°1 Ley N°30807.
Lactario: Tiempo de uso del lactario durante el horario de trabajo que no podrá ser inferior a una hora por día. Art. N°9 D.S N°001-2016.
Paternidad: Licencia por paternidad es otorgado por el empleador al padre por 10 días calendarios consecutivos. Art. N°2 Ley N°30807.
Adopción: Derecho del trabajador, licencia remunerada de 30 días naturales cuando el niño adoptado tenga 12 o menos años de edad. Art. N°1 Ley N°27409.
Sindicato: Licencia remunerada hasta 30 días naturales por año calendario a cada dirigente, el exceso será considerado como licencia sin goce de haber. Art. N°1 Ley N°27912.
Familiares graves: Un máximo de 7 días calendarios por contar con familiares directos con enfermedad graves o terminal. Art. N°3 Ley N°30012.
Fallecimiento de familiares: Licencia por un plazo de 5 días calendario por el fallecimiento del cónyuge, padres, hijos y hermanos. Art. N°1 Ley N°31602.