Todo trabajador del régimen laboral privado que cuente con un contrato indefinido, a plazo fijo o tiempo parcial accederá a la CTS, independientemente de si su trabajo lo ejerce de forma presencial, semipresencial o remota.
Para acceder a este beneficio, el colaborador debe, al menos, haber trabajado un mes completo en la empresa, dentro del semestre considerando para el cálculo de este pago (en este caso, de mayo a octubre).