Blog 31 de julio del 2024

Gabel | 31 de julio del 2024

Asignación al Perfil de Cumplimiento

Art. 8 y9 del Decreto Legislativo N°1535. Art. 17 Rgto

Contenido de la Evaluación:

  • Periodo de evaluación
  • Parámetro de la Metodología observada.

Notificación:

  • Descargo: 10 días hábiles a partir de la notificación.

Modificación:

  • Trimestral.
  • SUNAT está obligado a proporcionar un sistema de consulta.

Plazo para resolver:

  • 30 días hábiles.
  • Buzón Electrónico → Resolución.

Efectuación:

-Efecto a partir del 1er día calendario del mes siguiente a aquel que se realiza el depósito.

-La asignación se mantiene hasta que surja efecto la asignación de un nuevo perfil.

-El perfil constituye un criterio, entre otros, para otorgar determinadas facilidades o establecer limitaciones:

    • Aspectos vinculadas a obligaciones tributarias, aduaneras y otros no tributarios administrados por la SUNAT.
    • Plazos de atención de solicitudes de devolución.
    • Cronograma para la presentación de declaraciones o pagos de tributos.
    • Plazo para el levante de las mercaderías.
    • Autorización como operador de comercio exterior y pago de la deuda tributaria.

Impugnación:

    • Plazo: 15 días hábiles.
    • Ley del Procedimiento Administrativo General.
    • 1era Instancia: RECONSIDERACIÓN
    • 2da Instancia: APELACIÓN
    • No suspende los efectos.

Derechos de los trabajadores en la Industria Minera Peruana

Los derechos de los trabajadores en la industria minera peruana están protegidos por la Constitución Política del Perú, el Código Laboral y otras leyes y regulaciones laborales.
Algunos de los derechos laborales más importantes que tienen los trabajadores en la industria minera:
  1. Derecho a trabajar en condiciones seguras y saludables: Los trabajadores tienen derecho a trabajar en un ambiente seguro y saludable, con equipos de protección personal adecuados y capacitación en seguridad y salud en el trabajo.
  2. Derecho a una remuneración justa y equitativa: Los trabajadores tienen derecho a recibir una remuneración justa y equitativa por su trabajo, incluyendo salario, bonificaciones y otros beneficios.
  3. Derecho a la protección contra la discriminación y el acoso: Los trabajadores tienen derecho a trabajar sin ser discriminados por motivos de género, raza, orientación sexual, edad, religión o cualquier otra razón.
  4. Derecho a la sindicalización y a la negociación colectiva: Los trabajadores tienen derecho a unirse a sindicatos y a negociar colectivamente con la empresa para mejorar sus condiciones de trabajo y salarios.
  5. Derecho a la privacidad y la confidencialidad: Los trabajadores tienen derechos a la privacidad en el lugar de trabajo y a la confidencialidad de su información personal.

Pago por trabajar en días feriados

Los trabajadores que laboran para el sector público y privado tienen derecho al descanso físico y remunerado por los días feriados, este descanso remunerado llamado suspensión imperfecta.
La suspensión imperfecta se configura cuando el trabajador no labora, pero recibe una remuneración.

Descanso Sustitutorio

Esto significa que si un trabajador labora en un día feriado y tiene un descanso sustitutorio no corresponde la sobretasa del 100%, solo pagará una remuneración por el día feriado.

No hay descanso sustitutorio

En el caso que un trabajador labore en un feriado y no se le otorgue un descanso sustitutorio, dará lugar al pago por labor efectuado con un sobretasa de 100%. Es importante saber diferenciar el pago por feriado y el pago por el trabajo efectuado en el feriado. El artículo 9 del Decreto Legislativo N°713 menciona una sobretasa de 100% por la labor efectuado, esto se refiere por el trabajo en el feriado, significa que faltaría el pago por el feriado.