El cónyuge o concubino
Deben estar reconocidos judicialmente.
Hijos
Los menores de 18 años y mayores de 18 años en situación de invalidez (declarados incapacitados para trabajar de manera total y permanente por los comités médicos del SPP). En el caso de los hijos mayores de 18 años, estos recibirán pensión si siguen estudios de nivel básico o superior, de manera ininterrumpida y satisfactoria, hasta los 28 años.
Padres
Padres que dependen económicamente del afiliado (padre mayor de 60 años y madre mayor de 55 años) y los padres del afiliado que estén en situación de invalidez (declarados incapacitados de cualquier grado o naturaleza por los comités médicos del SPP, independientemente de su edad).